COMISIÓN SENADO ADOPCIÓN NACIONAL - 2008

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  Página Senado Comisión Adopción Nacional 2008
 
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En  el año 2002, cuando la Presidenta de DAGA  compareció en la  Comisión Especial del Senado sobre la Adopción Internacional al, entre sus propuestas  señaló la necesidad de mejorar la situación de la adopción nacional, y abordar una reforma conjunta del sistema y los procesos de adopción de menores en España, tanto nacional como internacional.

El 9 de diciembre de 2008, el Pleno del Senado,  aprobó por unanimidad de todos  los grupos políticos de creación de una Comisión Especial de estudio de la problemática de la adopción nacional y otros temas afines.La justificación de este propuesta la encontramos en la historia más reciente, en 1987 se instauro legalmente el acogimiento de menores como medida de protección de la infancia y como fase previa a la adopción. Posteriormente otras leyes establecieron y  reforzaron las  competencias de las Comunidades Autónomas en  materia de protección de la Infancia.   Y en consecuencia las comunidades  a su vez dictaron  diferentes normas, superando  en muchos casos a la regulación del Código Civil.  Regulaciones  legales que  son aplicadas de manera diversa por los profesionales  y la  judicatura, que son percibidas y sentidas por las familias como anacrónicas e incongruentes.


Las CCAA que tienen las competencias en esta materia desde hace tiempo y ciertos países que se han ocupado especialmente de estos temas, han desarrollado fórmulas imaginativas a estudiar. En unos casos conjugan adopción nacional e internacional, en otros amplían las posibilidades de que el menor en situación de desamparo acabe formando parte de una familia de modo transitorio o definitivo, e incluso se plantean modelos abiertos de adopción con contacto permanente entre familia biológica y adoptiva. Cualquiera de estas experiencias u otras posibles ofrecen un mejor horizonte al menor que la dura realidad de la institucionalización durante años, en muchos casos hasta la mayoría de edad, incumpliendo el derecho de todo niño a tener una familia reconocido expresamente en la Declaración de Derechos del Niño de 1989 de Naciones Unidas.

Por ello felicitamos la iniciativa de estudiar y reflexionar sobre  figuras jurídicas como la adopción (nacional) y  el acogimiento familiar, en su realidad social y práctica institucional en los diferentes territorios autonómicos. Saber y conocer si dicha institución responde a la finalidad para la que fue creada.

Creemos que el mito de la fuerza del vinculo de  la sangre, y el amenudo olvido de que el menor es sujeto pleno de derechos, sobre el que los padres sólo tienen obligaciones y no títulos de propiedad, y una regulación legal que necesita cambios urgentes, hace que se considere que en España no existen menores adoptables.  Esta situación creemos que  choca frontalmente con la cruda realidad,. 27.000 menores son declarados en anualmente en situación de desamparo, y cerca de 30.000 están institucionalizados y tutelados en la actualidad por organismos públicos. Según los expertos, sólo una pequeña parte de ellos pueden ser adoptados, previo cumplimiento de requisitos legales, pero  aún así, consideran que existe  una importante diferencia respecto de los realmente adoptados: entre 700 y 800 cada año.